CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL 2024 THOMSON REUTERS
Actualizado al 3 de enero de 2024.
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– Apéndice normativo
Compilación y sistematización de normas complementarias al código, indispensables para el ejercicio profesional.
– Títulos en artículos del código y del apéndice
En cada artículo del código y en las normas del apéndice, se presenta una breve descripción de su contenido.
– Concordancias
Muestra la relación entre artículos del mismo código o con otras normas, cuando tratan sobre materias similares.
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– Articulado y apéndice actualizados
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Las modificaciones han sido incorporadas en los artículos y el sentido de estas, se explican en detalle en
las notas de actualización (al pie de página )En los casos de modificaciones que tienen una vigencia diferida, el nuevo texto se incluye en la nota del
artículo correspondiente, de forma tal que el lector pueda contar con la versión actual y con la futura.
– Listado de modificaciones actualizado al 4 de enero de 2023
En este listado, se presentan todos los cambios normativos que se han incorporado en este código,
detallando la norma modificatoria, la norma modificada, y los artículos.
Contempla las modificaciones introducidas desde el 1 de febrero del 2002.
Ley Nº 7.421
Título I
Del Poder Judicial y de la Administración de Justicia en general
Título II
De los juzgados de garantía y de los tribunales de juicio oral en lo penal
§ 1. De los juzgados de garantía
§ 2. De los tribunales de juicio oral en lo penal
§ 3. Del Comité de Jueces
§ 4. Del Juez Presidente del Comité de Jueces
§ 5. De la organización administrativa de los juzgados de garantía y de los tribunales de juicio oral en lo
penal
Título III
De los Jueces de Letras
Título IV
De los Presidentes y Ministros de Corte como tribunales unipersonales
Título V
Las Cortes de Apelaciones
1. Su organización y atribuciones
2. Los acuerdos de las Cortes de Apelaciones
3. Los Presidentes de las Cortes de Apelaciones
Título VI
La Corte Suprema
1. Su organización y atribuciones
2. El Presidente de la Corte Suprema
Título VI BIS
Título VII
La competencia
1. Reglas generales
2. Reglas que determinan la cuantía de las materias judiciales
3. Supresión del fuero personal en algunos negocios judiciales
4. Reglas que determinan la competencia en materias civiles entre tribunales de igual jerarquía
5. Reglas que determinan la competencia en materias criminales entre tribunales de igual jerarquía
6. Reglas sobre competencia civil de los tribunales en lo criminal
7. Reglas que determinan la distribución de causas en aquellas comunas o agrupación de comunas en
cuyo territorio existan dos o más jueces con igual competencia
8. De la prórroga de la competencia
9. De la competencia para fallar en única o en primera instancia
10. De los tribunales que deben conocer en las contiendas y cuestiones de competencia
11. De la implicancia y recusación de los jueces y de los abogados integrantes
Título VIII
De la subrogación e integración
Título IX
De los Jueces Árbitros
Título X
De los Magistrados y del Nombramiento y Escalafón de los Funcionarios Judiciales
1. Calidades en que pueden ser nombrados los jueces
2. Requisitos, inhabilidades e incompatibilidades
3. De los nombramientos del escalafón de los funcionarios judiciales
1) Escalafón Primario
2) Escalafón Secundario
3) Formación del Escalafón y calificación del personal
4) Los nombramientos
5) Escalafón del personal de empleados u oficiales de secretaría
4. De la instalación de los jueces
5. De los honores y prerrogativas de los jueces
6. De las permutas y traslados
7. De los deberes y prohibiciones a que están sujetos los jueces
Local
Derecho Internacional y
Comercio Exterior
Historia, Filosofía, Romano,
Interpretación
Examen de Grado
Revistas
Varios y Diccionarios
Ofertas
Cuadernos Jurídicos de la
Academia Judicial8. De la responsabilidad de los jueces
9. La expiración y suspensión de las funciones de los jueces. De las licencias
Título XI
Los Auxiliares de la Administración de Justicia
1. Fiscalía Judicial
2. Los Defensores Públicos
3. Los Relatores
4. Los Secretarios
4 bis. Los administradores de tribunales con competencia en lo criminal
5. Los Receptores
6. De los Procuradores y especialmente de los Procuradores del Número
7. Los notarios
1) Su organización
2) De las escrituras públicas
3) De las protocolizaciones
4) De las copias de escrituras públicas y documentos protocolizados y de los documentos privados
5) De la falta de fuerza legal de las escrituras, copias y testimonios notariales
6) De los libros que deben llevar los notarios
7) De las infracciones y sanciones
8. Los Conservadores
9. Los Archiveros
10. De los Consejos Técnicos
11. Los Bibliotecarios Judiciales
Título XII
Disposiciones generales aplicables a los auxiliares de la Administración de Justicia
1. Nombramiento, requisitos, inhabilidades e incompatibilidades
2. Juramento e instalación
3. Obligaciones y prohibiciones
4. De las implicancias y recusaciones
5. De su remuneración y de su previsión
6. Suspensión y expiración de funciones. De las licencias
Título XIII
De los empleados u oficiales de secretaría
Título XIV
La Corporación Administrativa del Poder Judicial
Título XV
Los abogados
Título XVI
De la jurisdicción disciplinaria y de la inspección y vigilancia de los servicios judiciales
1. Las facultades disciplinarias
2. De las visitas
3. Estados y publicaciones
Título XVII
De la asistencia judicial y del privilegio de pobreza
Título final
Disposiciones derogadas por la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales, de 15 de octubre de
1875
Disposiciones transitorias
ÍNDICE DEL APÉNDICE
– Ley Nº 19.665. Reforma el Código Orgánico de Tribunales (D.O. de 9 de marzo de 2000)
– Ley Nº 16.618. Decreto con Fuerza de Ley Nº 1. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del
Código Civil; de la Ley Nº 4.808, sobre Registro Civil; de la Ley Nº 17.344, que Autoriza Cambio de
Nombres y Apellidos; de la Ley Nº 16.618, Ley de Menores; de la Ley Nº 14.908 sobre Abandono de
Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, y de la Ley Nº 16.271, de Impuesto a las Herencias,
Asignaciones y Donaciones (D.O. de 30 de mayo de 2000)
– Ley Nº 18.287. Establece procedimiento ante los Juzgados de Policía Local (D.O. de 7 de febrero de
1984)
– Decreto Supremo Nº 307. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.231,
sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local (D.O. de 23 de mayo de 1978)– Decreto Supremo Nº 3.386. Fija el texto definitivo de los Decretos sobre Plazo en que deben asumir sus
funciones los Empleados Judiciales (D.O. de 14 de agosto de 1937)
– Decreto Supremo Nº 158. Fija Territorios Jurisdiccionales de los Juzgados del Crimen dependientes de
la Corte de Apelaciones de Santiago (D.O. de 26 de febrero de 2003)
– Decreto Supremo Nº 35. Fija Territorios Jurisdiccionales de los Juzgados del Crimen dependientes de la
Corte de Apelaciones de San Miguel (D.O. de 9 de febrero de 1990)
– Reglamento para la labor de los sábados y la distribución de la jornada de trabajo en los Tribunales y
Reparticiones Judiciales los días lunes a viernes de cada semana (D.O. de 31 de diciembre de 1969)
– Auto Acordado de la Corte Suprema sobre tramitación y fallo de los Recursos de Queja (D.O. de 1º de
diciembre de 1972)
– Auto Acordado de la Corte Suprema que modifica la distribución de las materias entre las Salas de la
Corte Suprema, por especialidades (D.O. de 16 de abril de 1996)
– Acta Nº 107-2017, Corte Suprema. Auto Acordado que distribuye las materias de que conocen las salas
especializadas de la Corte Suprema durante el funcionamiento ordinario y extraordinario (28 de julio de
2017)
– Acta Nº 232-2014. Corte Suprema. Distribución de Ministros en las Salas de la Corte Suprema (D.O. de
16 de enero de 2015)
– Auto Acordado de la Corte Suprema que establece instrucciones respecto de documentos y expedientes
que las Cortes de Apelaciones ordenan traer a la vista y diligencias para mejor resolver que decretan los
tribunales (12 de agosto de 1963)
– Auto Acordado de la Corte Suprema sobre lista de abogados postulantes para cargos judiciales (D.O. de
9 de septiembre de 1972)
– Auto Acordado de la Corte Suprema que determina la forma de funcionamiento de los tribunales y
demás servicios judiciales (D.O. de 9 de marzo de 1999)
– Auto Acordado de la Corte de Apelaciones de Santiago sobre asuntos no contenciosos: su registro,
distribución y contenido de la suma de las solicitudes correspondientes (D.O. de 23 de diciembre de
1991. Rectificado en D.O. de 4 de enero de 1992)
– Auto Acordado de la Corte Suprema sobre integración y subrogación de las salas de la Corte Suprema y
de sus miembros (D.O. de 6 de noviembre de 2001)
– Acuerdo de la Corte de Apelaciones de Santiago sobre distribución de la tramitación de exhortos
emanados de tribunales extranjeros
– Auto Acordado sobre distribución de exhortos que deben ser diligenciados por los Juzgados de Garantía
y Tribunales de Juicio Oral en lo Penal dependientes de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel
(D.O. de 30 de junio de 2006)
– Auto Acordado de la Corte de Apelaciones de San Miguel sobre nueva distribución de exhortos
nacionales y extranjeros (D.O. de 21 de junio de 1996)
– Acta Nº 155-2013. Corte Suprema. Instrucciones relativas al procedimiento que los notarios deberán
emplear cada vez que deban recibir y remitir al Servicio de Registro Civil e Identificación la declaración de
no ser donante a que se refiere la Ley Nº 20.673 (D.O. de 11 de octubre de 2013)
– Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación en Sistema Informático de Recursos de
Protección (D.O. de 4 de noviembre de 2013)
– Acta Nº 71-2016. Corte Suprema. Auto Acordado que regula el funcionamiento de tribunales que
tramitan electrónicamente (D.O. de 8 de julio de 2016)
– Acta Nº 85-2019. Texto Refundido del Auto Acordado para la Aplicación en el Poder Judicial de la Ley Nº
20.886, que establece la tramitación digital de los procedimientos judiciales (D.O. de 14 de junio de
2019)
– Acta Nº 108-2020. Autoacordado sobre procedimiento para investigar la responsabilidad disciplinaria de
los integrantes del Poder Judicial (D.O. de 16 de septiembre de 2020)
– Ley Nº 19.968. Crea los Tribunales de Familia (D.O. de 30 de agosto de 2004)
– Ley Nº 21.226. Establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, en las
audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de las acciones que indica, por el impacto
de la enfermedad COVID-19 en Chile (D.O. de 2 de abril de 2020)
– Ley Nº 21.394, Introduce reformas al sistema de justicia para enfrentar la situación luego del estado de
excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública (D.O. 30 de noviembre de 2022)
– Decreto Nº 62, Aprueba Reglamento del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos
(D.O. de 29 de julio 2022)
Modificaciones incorporadas a esta edición
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Decreto Supremo Nº 307, texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.231, sobre organización y atribuciones de los Juzgados de Policía
Local (23 de mayo de 1978).
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