DERECHO SUCESORIO (9NA EDICIÓN)

DERECHO SUCESORIO (9NA EDICIÓN)

Cumplidos 68 años desde la primera edición, esta obra es una de las más importantes, clásicas y originales que se han escrito sobre el Libro III del Código Civil. En esta nueva edición, se ha buscado mantener la exposición que los profesores Somarriva y Abeliuk realizaron de las distintas materias e instituciones del Derecho Sucesorio, las que se presentan completamente actualizadas con la legislación vigente y la jurisprudencia reciente más destacada.

El proceso de modernización que ha sido objeto el Derecho de Familia durante la última década del siglo XX y las dos décadas del siglo XXI han tenido una evidente repercusión en el Derecho Sucesorio, y estas incidencias han sido recogidas tanto en esta edición como en las anteriores. De esta manera, se incorporaron todos los aspectos sucesorios que contempla la Ley N° 20.830 del año 2015, que regula el Acuerdo de Unión Civil y que reconoció al conviviente civil sobreviviente como legitimario, beneficiario de la cuarta de mejoras y del derecho de adjudicación preferente que el artículo 1337 N°10 del Código Civil confiere al cónyuge sobreviviente.

Asimismo, se modificaron todos aquellos artículos que tuvieron cambios de redacción como consecuencia de la entregada en vigencia de la Ley N° 21.400 del año 2021, que permitió el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Esta novena edición se encuentra completamente al día, incluyendo todas las modificaciones legislativas que ha experimentado el Derecho Sucesorio.

La excelente sistematización y análisis exhaustivo de las complejas materias contenidas en el Libro III del Código Civil, se desarrollan y estudian a la luz de la jurisprudencia y de las corrientes doctrinarias más importantes, convirtiéndola en una obra clásica de consulta obligada para abogados, profesores, jueces y estudiantes.

TOMO I

PRIMERA PARTE
DEFINICIONES Y REGLAS GENERALES

  1. Enunciación

CAPÍTULO I
GENERALIDADES

  1. Justificación de la sucesión por causa de muerte
    3. Intereses que convergen en una sucesión
    4. El problema de la libertad de testar
    5. La libertad de testar en las legislaciones y en nuestro Código
    6. Formas de suceder a una persona
    7. Los pactos sobre sucesión futura

CAPÍTULO II
DE LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE

  1. Acepciones de la expresión “sucesión por causa de muerte”

SECCIÓN PRIMERA
LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE COMO MODO DE ADQUIRIR EL DOMINIO

  1. Concepto y explicación
    10. Características de la sucesión por causa de muerte como modo de adquirir
    11. 1o. La sucesión por causa de muerte es un modo derivativo
    12. 2o. Es un modo de adquirir por causa de muerte
    13. 3o. La sucesión por causa de muerte es un modo de adquirir a título gratuito
    14. 4o. La sucesión por causa de muerte puede ser a título universal o a título singular 15. Heredero y legatario; herencia y legado. Conceptos

SECCIÓN SEGUNDA
LOS ASIGNATARIOS

  1. Los asignatarios a título universal o herederos
    17. Clasificación de los herederos
    18. Asignatarios a título singular o legatarios
    19. Explicación histórica de las expresiones con que comienzan los artículos 1097 y 1104
    20. Clasificación de los legatarios

SECCIÓN TERCERA
DE LA APERTURA DE LA SUCESIÓN

  1. Concepto
    22. Momento en que se produce la apertura de la sucesión
    22 bis. Prueba de la muerte
    23. Importancia que tiene determinar el momento preciso del fallecimiento del causante
    24. Situación de los comurientes
    25. Lugar en que se abre la sucesión
    26. Ley que rige la sucesión. Regla general y excepciones

    SECCIÓN CUARTA
    DE LA DELACIÓN DE LAS ASIGNACIONES

  2. Concepto
    28. Momento en que se defiere la asignación. Regla general
    29. Delación de la asignación condicional

SECCIÓN QUINTA
EL DERECHO DE TRANSMISIÓN

  1. Concepto
    31. Campo de aplicación del derecho de transmisión. Reglas generales
    32. Personas que intervienen en el derecho de transmisión
    33. Requisitos que deben concurrir en el transmitente o transmisor
    34. Requisitos que deben concurrir en el transmitido
    35. Las sucesiones indirectas

SECCIÓN SEXTA
IMPUESTO DE HERENCIAS Y DONACIONES

  1. Nociones generales
    37. Determinación del impuesto de herencia. Referencia
    38. Pago del impuesto de herencia. Referencia

CAPÍTULO III
EL DERECHO REAL DE HERENCIA

  1. Concepto
    40. Características del derecho de herencia. Enunciación
    41. 1o. El derecho de herencia es un derecho real
    42. 2o. La herencia constituye una universalidad jurídica
    43. 3o. El derecho de herencia tiene una vida efímera
    44. Modos de adquirir el derecho real de herencia. Enunciación

SECCIÓN PRIMERA
LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE

  1. Por sucesión por causa de muerte el heredero adquiere ipso jure el derecho real de herencia

Párrafo 1º
La posesión de la herencia

  1. La posesión de la herencia. Sus clases
    47. La posesión legal de la herencia
    48. Posesión real o material

Párrafo 2º
La posesión efectiva. Generalidades

  1. Concepto
    50. La posesión efectiva no confiere la calidad de heredero
    51. Importancia de la posesión efectiva
    52. Las dos clases de posesión efectiva. Enunciación

Párrafo 3º
Posesiones efectivas otorgadas por la justicia

52 bis. Tramitación de la posesión efectiva judicial. Puntos que abarca
53. 1o. Solicitud de posesión efectiva
54. 2o. Quiénes la solicitan
55. 3o. Inventario y valorización de los bienes
56. 4o. El auto de posesión efectiva y trámites posteriores a su concesión. Publicación del auto
57. 5o. Inscripción de la posesión efectiva
58. 6o. Oposición a la posesión efectiva
59. 7o. Revocación de la posesión efectiva

Párrafo 4º
Posesiones efectivas ante el Registro Civil

  1. Enunciación
    60 bis. Tramitación ante el Registro Civil

Párrafo 5º
Determinación y pago del impuesto de herencia

  1. Determinación del impuesto de herencia
    62. 1o. Valorización de los bienes
    63. 2o. Pago provisional del impuesto de herencia
    64. 3o. Pago del impuesto de herencia

Párrafo 6º
Requisitos para que los asignatarios puedan disponer de los bienes asignados

  1. Enunciación
    66. 1o. Los asignatarios no pueden disponer de los bienes hereditarios sin pagar o asegurar el pago del impuesto de herencia
    67. 2o. Los herederos no pueden disponer de los inmuebles hereditarios sin efectuar previamente las inscripciones que ordena el artículo 688. Alcance del precepto
    68. Inscripciones que deben efectuar los herederos para quedar en situación de enajenar los inmuebles hereditarios
    69. Estas inscripciones tienen por objeto conservar la historia de la propiedad raíz, y no constituyen tradición
    70. Sanción por la omisión de las inscripciones hereditarias
    71. A) La nulidad absoluta como sanción del 688
    72. La sanción del 688 no puede ser la nulidad absoluta. Razones
    73. B) La sanción del 688 sería la nulidad de la tradición, siendo válido el contrato
    74. C) La sanción del 688 está indicada en el artículo 696, o sea, el adquirente queda como mero tenedor
    75. Críticas a la doctrina de que la sanción del 688 la contempla el 696
    76. La nulidad relativa como sanción del 688. Inconvenientes de ella
    77. La sanción sería que el adquirente quedaría como poseedor

SECCIÓN SEGUNDA
ADQUISICIÓN DEL DERECHO DE HERENCIA POR TRADICIÓN

  1. Tradición o cesión de los derechos hereditarios. Generalidades
    79. En la tradición de derechos hereditarios no se ceden bienes determinados
    80. Forma de efectuar la tradición de los derechos hereditarios
    81. En la cesión de derechos hereditarios no es menester cumplir con las formalidades habilitantes
    81 bis. Cesión de derechos hereditarios de la mujer casada bajo el régimen de sociedad conyugal
    82. Efectos de la cesión de derechos: el cesionario pasa a ocupar el lugar jurídico que tenía el cedente
    83. El cesionario responde de las deudas de la herencia
    84. Indemnizaciones que pueden deberse cedente y cesionario
    85. Responsabilidad del heredero
    86. Cesión de la pretensión a una herencia
    87. Aplicación de las reglas anteriores a la cesión de los legados

SECCIÓN TERCERA
ADQUISICIÓN DEL DERECHO DE HERENCIA POR PRESCRIPCIÓN

  1. La prescripción como modo de adquirir el derecho real de herencia
    89. Plazo para adquirir la herencia por prescripción
    90. La prescripción de cinco años es ordinaria. Razones e importancia

CAPÍTULO IV
LOS ACERVOS

  1. Concepto y clasificación
    92. El acervo común o bruto
    93. El acervo ilíquido y las bajas generales de la herencia
    94. 1o. Los gastos de sucesión y de partición de bienes
    95. 2o. Las deudas hereditarias
    96. 3o. Los impuestos fiscales que gravan toda la masa hereditaria
    97. 4o. Las asignaciones alimenticias forzosas
    98. 5o. Derogación de la porción conyugal
    99. 6o. Los gastos de entierro y última enfermedad del causante
    100. Las bajas generales de la herencia y los regímenes matrimoniales
    101. Acervo líquido o partible
    102. Los acervos imaginarios

CAPÍTULO V
INCAPACIDADES E INDIGNIDADES PARA SUCEDER

  1. Requisitos para suceder por causa de muerte

SECCIÓN PRIMERA
CAPACIDAD PARA SUCEDER POR CAUSA DE MUERTE

  1. Por regla general, todas las personas son capaces para suceder. Excepciones
    105. 1o. Para suceder es necesario existir al momento de abrirse la sucesión. Excepciones
    106. 2o. Son incapaces para suceder los establecimientos, gremios y cofradías que carecen de personalidad jurídica
    107. Asignaciones que tienen por objeto la creación de una fundación
    108. Capacidad de las personas jurídicas extranjeras para suceder en Chile
    109. 3o. Incapacidad de las personas condenadas por el crimen de dañado ayuntamiento
    110. 4o. Incapacidad del eclesiástico confesor
    111. 5o. Incapacidad del notario, testigos del testamento y sus familiares y dependientes
    112. Confesión de deuda en el testamento a favor del notario y testigos
    113. Las incapacidades son de orden público. Consecuencias
    114. El incapaz puede adquirir la asignación por prescripción de diez años

SECCIÓN SEGUNDA
LAS INDIGNIDADES PARA SUCEDER

  1. Concepto y carácter excepcional
    116. Las indignidades del artículo 968
    117. 6o. No denunciar a la justicia el homicidio cometido en el difunto
    118. 7o. No solicitar nombramiento de guardador al causante
    119. 8o. Excusa ilegítima del guardador o albacea
    120. 9o. Es indigno el que se comprometa a hacer pasar bienes del causante a un incapaz para suceder
    121. 10. Albacea removido por dolo
    122. 11. Partidor que prevarica
    123. Situaciones que se asemejan a las indignidades
    124. Características de las indignidades
    125. Paralelo entre las incapacidades e indignidades

SECCIÓN TERCERA
DISPOSICIONES COMUNES A LAS INCAPACIDADES E INDIGNIDADES

  1. Las incapacidades e indignidades no privan del derecho de alimentos. Excepción
    127. Los deudores hereditarios no pueden oponer como excepción su incapacidad o indignidad. Alcance del artículo 978

SEGUNDA PARTE
LA SUCESIÓN INTESTADA

  1. Enunciación
    129. Evolución histórica
    130. Concepto y aplicación
    131. En la sucesión intestada no se atiende al origen de los bienes, sexo ni primogenitura

CAPÍTULO I
EL DERECHO DE REPRESENTACIÓN

  1. Sucesión por derecho personal y por derecho de representación
    133. Concepto del derecho de representación
    134. Personas que intervienen en la representación. Enunciación
    135. Requisitos para que opere el derecho de representación. Enunciación
    136. 1o. La representación solo opera en la sucesión intestada. Razones y excepciones
    137. 2o. La representación solo tiene aplicación respecto de la descendencia del causante, pero no opera en la línea ascendente de parientes
    138. 3o. Órdenes de sucesión en que opera la representación
    139. La representación en la línea descendente es indefinida
    140. 4o. Debe faltar el representado
    141. El derecho del representante emana directamente de la ley y no del representado. Consecuencias de este principio
    142. Efectos de la representación
    143. Aplicación de la representación al impuesto de herencias
    144. El efecto retroactivo de las leyes y el derecho de representación
    145. Paralelo entre los derechos de representación y transmisión

CAPÍTULO II
LOS HEREDEROS ABINTESTATO Y SUS DERECHOS EN LA SUCESIÓN

  1. Quiénes son herederos abintestato
    147. Los órdenes de sucesión. Concepto y clasificación
    148. Enunciación de los órdenes de sucesión

SECCIÓN PRIMERA
PRIMER ORDEN: DE LOS DESCENDIENTES

  1. Personas que lo componen

Párrafo 1º
Los descendientes

  1. Enunciación
    151. 1o. Hijos de filiación matrimonial
    152. 2o. Hijos cuyos padres contraen matrimonio
    153. 3o. Hijos de filiación legalmente determinada
    154. 4o. Situación de los hijos cuya filiación quedó determinada antes de la vigencia de la Ley de Filiación
    155. 5o. Representantes del hijo
    156. 6o. Situación de los hijos cuya filiación no está determinada

Párrafo 2º
El adoptado

  1. Pauta
    158. 1o. Evolución de la adopción en la legislación chilena
    159. 2o. Situación con la Ley de Adopción vigente
    160. 3o. Pacto para acogerse a los derechos de la nueva ley. Referencia

Párrafo 3º
El cónyuge sobreviviente. Aplicación de su regulación al conviviente civil

  1. Enunciación
    162. 1o. Evolución histórica
    163. 2o. El cónyuge recibe una o dos legítimas
    164. 3o. Al cónyuge sobreviviente corresponde siempre un cuarto de la herencia intestada
    165. 4o. Situación de los cónyuges separados judicialmente. Enunciación
    166. Situación del cónyuge separado judicialmente
    167. 5o. Situación del matrimonio nulo
    168. 6o. Situación del cónyuge divorciado con disolución del vínculo
    168. bis. Aplicación de las normas del cónyuge sobreviviente a los convivientes civiles .

SECCIÓN SEGUNDA
SEGUNDO ORDEN: DE LOS ASCENDIENTES Y EL CÓNYUGE SOBREVIVIENTE

  1. Enunciación
    170. 1o. Concurrencia de los ascendientes y del cónyuge sobreviviente
    171. 2o. Caso en que solo concurre el cónyuge o conviviente civil sobreviviente
    172. 3o. Caso en que solo concurren ascendientes
    173. 4o. Situación de los padres cuya filiación se determinó judicialmente
    174. 5o. El adoptante
    175. 5o A. El adoptante como heredero abintestato del adoptado
    176. 5o B. Pacto entre adoptante y adoptado

SECCIÓN TERCERA
TERCER ORDEN: DE LOS HERMANOS

  1. Aplicación de este orden
    178. Situación de los hermanos de doble o simple conjunción

SECCIÓN CUARTA
CUARTO ORDEN: DE LOS COLATERALES

  1. Cuándo se pasa a este orden
    180. Reglas conforme a las cuales suceden los colaterales
    181. Los colaterales por afinidad no son herederos abintestato

SECCIÓN QUINTA
QUINTO ORDEN: EL FISCO

  1. El Fisco como heredero abintestato

SECCIÓN SEXTA
LOS EXTRANJEROS Y LA SUCESIÓN INTESTADA

  1. Los extranjeros tienen los mismos derechos que los chilenos en las sucesiones abintestato abiertas en Chile
    184. Derechos de los chilenos en las sucesiones abiertas en el extranjero. Generalidades
    185. El art. 998 es una excepción al art. 955. Alcances
    186. Situaciones que pueden presentarse en la sucesión de un extranjero
    187. Caso en que la ley extranjera reconozca mayores derechos a los herederos chilenos que la nuestra
    188. Situación en las sucesiones testamentarias

CAPÍTULO III
SUCESIÓN PARTE TESTADA Y PARTE INTESTADA

  1. Enunciación
    189 bis. Principio general
    190. 1o. Cómo se divide la herencia
    190 bis. 2o. Situación cuando concurren, como herederos, legitimarios con quienes no lo son
    191. 3o. Situación de los que suceden a la vez por testamento y abintestato
    192. 4o. Primero se enteran las legítimas y mejoras
    192 bis. Tramitación de la posesión efectiva en las sucesiones mixtas

TERCERA PARTE
EL TESTAMENTO

CAPÍTULO I
CONCEPTO DE TESTAMENTO

193. Concepto
194. El testamento es un acto jurídico unilateral
195. El testamento es un acto más o menos solemne
196. El testamento es un acto personalísimo
197. El testamento tiene por objeto fundamental, pero no único, disponer de los bienes
198. El testamento produce sus plenos efectos fallecido el causante, pero puede producir otros efectos en vida de este
199. El testamento es esencialmente revocable
199 bis. Registro de testamentos

CAPÍTULO II
REQUISITOS DEL TESTAMENTO

  1. Clasificación

SECCIÓN PRIMERA
CAPACIDAD PARA TESTAR

  1. Por regla general, todas las personas son capaces para testar. Excepciones
    202. 1o. Incapacidad del impúber
    203. 2o. Incapacidad de los que estuvieren actualmente privados de razón
    204. 3o. Incapacidad del demente
    205. 4o. Incapacidad de los que no pueden manifestar claramente su voluntad
    206. La capacidad debe existir al momento de otorgarse testamento

SECCIÓN SEGUNDA
LA VOLUNTAD EXENTA DE VICIOS

  1. Importancia fundamental de la voluntad en el testamento
    208. 1o. La fuerza en el testamento. Enunciación
    209. La fuerza en el testamento debe cumplir con los requisitos generales
    210. Sanción de la fuerza en el testamento
    211. 2o. El dolo en el testamento
    212. Causal de indignidad para suceder del que por fuerza o dolo ha obtenido una disposición testamentaria
    213. 3o. El error en el testamento

CAPÍTULO III
CLASIFICACIÓN DEL TESTAMENTO

  1. La clasificación del testamento se hace en atención a las solemnidades de que está revestido. Enunciación
    215. Ley que rige las solemnidades del testamento

SECCIÓN PRIMERA
DEL TESTAMENTO SOLEMNE OTORGADO EN CHILE

  1. Requisitos comunes a todo testamento solemne. Enunciación
    217. Habilidad de los testigos
    218. La habilidad putativa de un testigo no anula el testamento
    219. Otros requisitos de los testigos: algunos de ellos deben saber leer y escribir y tener cierto domicilio

Párrafo 1º
El testamento solemne abierto, público o nuncupativo

  1. Concepto y formas de otorgarlo
    221. Testamento otorgado ante funcionario y testigos: funcionarios que pueden autorizarlo
    222. El testamento abierto puede ser otorgado en protocolo o en hoja suelta. Índice general de testamentos
    223. Del testamento otorgado ante cinco testigos y de su publicación
    224. Protocolización del testamento otorgado en hoja suelta
    225. Plazo para efectuar la protocolización. Excepción
    226. Declaraciones que debe contener el testamento abierto
    227. Otorgamiento mismo del testamento abierto
    228. Personas que tienen limitaciones para otorgar algunas clases de testamentos
    229. Personas que están obligadas a otorgar testamento abierto
    230. Testamento del ciego, y del sordo y sordomudo que no pueden darse a entender por escrito, pero sí por señas
    231. Personas que no pueden otorgar testamento abierto

Párrafo 2º
Testamento solemne cerrado o secreto

  1. Concepto
    233. Personas ante quienes debe otorgarse
    234. Otorgamiento del testamento cerrado. Etapas de que consta
    235. 1o. Escrituración y firma del testamento: este debe estar escrito o, a lo menos, firmado por el testador
    236. 2o. Introducción del testamento en sobre cerrado
    237. 3o. Redacción y firma de la carátula
    238. El otorgamiento del testamento debe ser ininterrumpido
    239. Lo que constituye esencialmente el testamento cerrado
    240. Testamento de los que no pueden ser entendidos de viva voz
    241. Personas que no pueden otorgar testamento cerrado
    242. El testador puede llevarse el testamento cerrado o dejarlo en la notaría. Índice de testamentos cerrados
    243. Apertura del testamento cerrado
    244. Protocolización del testamento cerrado

Párrafo 3º
De la nulidad del testamento solemne

  1. La omisión de cualquier solemnidad del testamento acarrea su nulidad
    246. La omisión en las declaraciones del testamento no anula este si no hay dudas sobre la identidad de las personas que intervienen en él
    247. Sanción por la omisión de la indicación del lugar de otorgamiento del testamento
    248. Sanción por la omisión de la indicación de la hora del otorgamiento del testamento
    249. La habilidad putativa del funcionario, ¿anula el testamento?
    249 bis. Inicio del cómputo del plazo de prescripción de la acción de nulidad de testamento

SECCIÓN SEGUNDA
DEL TESTAMENTO SOLEMNE OTORGADO EN PAÍS EXTRANJERO

  1. Formas de otorgarlo

Párrafo 1º
Testamento otorgado en conformidad a la ley extranjera

  1. Requisitos de este testamento
    252. El artículo 1027 aplica el principio del locus regit actum
    253. Validez en Chile del testamento ológrafo otorgado en el extranjero

Párrafo 2º
Testamento otorgado en país extranjero en conformidad a la ley chilena

  1. Requisitos de este testamento
    255. Visto bueno del jefe de la Legación
    256. Remisión de una copia del testamento o de la carátula a Chile
    257. Apertura del testamento cerrado

SECCIÓN TERCERA
DEL TESTAMENTO MENOS SOLEMNE O PRIVILEGIADO

  1. Concepto y clases
    259. Solemnidades comunes a todo testamento privilegiado
    260. Apertura, publicación y protocolización de un testamento privilegiado

Párrafo 1º
Del testamento verbal

  1. Concepto y generalidades
    262. Requisitos del testamento verbal
    263. Caducidad del testamento verbal
    264. El testamento verbal debe ponerse por escrito en el plazo de treinta días subsiguientes a la muerte del testador. Este plazo es fatal
    265. Examen de los testigos
    266. Resolución judicial y protocolización
    267. No puede deducirse oposición a que se ponga por escrito el testamento verbal, pero quedan a salvo las acciones de nulidad que puedan hacerse valer en su contra

Párrafo 2º
El testamento militar

  1. Concepto y generalidades
    269. Personas que pueden testar militarmente
    270. Funcionarios ante quienes puede otorgarse este testamento
    271. Requisito esencial para testar militarmente: que exista un estado de guerra
    272. Clasificación de los testamentos militares
    273. 1o. Testamento militar abierto. Generalidades
    274. ¿Cuántos testigos requiere el testamento militar abierto?
    275. Trámites posteriores al otorgamiento del testamento militar hasta su protocolización
    276. Caducidad del testamento militar abierto
    277. 2o. El testamento militar cerrado
    278. ¿Cuántos testigos requiere el testamento militar cerrado?
    279. ¿Caduca el testamento militar cerrado?
    280. 3o. Testamento militar verbal

Párrafo 3º
El testamento marítimo

  1. Concepto y generalidades
    282. Clases de barcos en que se puede testar marítimamente
    283. ¿Quiénes pueden otorgar testamentos marítimos?
    284. Clasificación de los testamentos marítimos
    285. 1o. Testamento marítimo abierto. Otorgamiento
    286. Entrega de un ejemplar del testamento a la autoridad chilena
    287. Caducidad del testamento marítimo abierto
    288. Testamento abierto marítimo otorgado en naves mercantes
    289. 2o. Testamento marítimo cerrado
    290. 3o. Testamento marítimo verbal

CUARTA PARTE
LAS ASIGNACIONES TESTAMENTARIAS

  1. Concepto

CAPÍTULO I
REQUISITOS DE LAS DISPOSICIONES TESTAMENTARIAS

  1. Requisitos subjetivos y objetivos. Referencia

SECCIÓN PRIMERA
CERTIDUMBRE Y DETERMINACIÓN DEL ASIGNATARIO

  1. El asignatario debe ser persona cierta
    294. El asignatario debe estar determinado o ser determinable. Enunciación de las excepciones a este principio
    295. 1o. Asignaciones hechas con un objeto de beneficencia
    296. Asignaciones que se dejan para el alma del testador
    297. 2o. Asignaciones dejadas a los pobres
    298. 3o. Asignaciones dejadas indeterminadamente a los parientes

SECCIÓN SEGUNDA
REQUISITOS DE LAS ASIGNACIONES

  1. Las asignaciones, al igual que los asignatarios, deben estar determinadas o ser determinables. Excepción
    300. El error en las asignaciones testamentarias
    301. Otros requisitos de las asignaciones testamentarias. Enunciación
    302. Nulidad de las disposiciones captatorias
    303. Falta de manifestación clara de la voluntad
    304. Elección del asignatario por otra persona
    305. Incapacidad del notario y testigos del testamento
    306. Cumplimiento de una asignación que se deja al arbitrio de un heredero o legatario

SECCIÓN TERCERA
INTERPRETACIÓN DEL TESTAMENTO

  1. En la interpretación del testamento prevalece la voluntad claramente manifestada del testador
    308. Interpretar el testamento es cuestión de hecho
    309. La calificación jurídica de una disposición es cuestión de derecho
    309 bis. Interpretación testamentaria y contractual

CAPÍTULO II
CLASIFICACIÓN DE LAS ASIGNACIONES TESTAMENTARIAS

  1. Enunciación

SECCIÓN PRIMERA
DE LAS ASIGNACIONES SUJETAS A MODALIDADES

  1. Generalidades

Párrafo 1º
Asignaciones condicionales

  1. Concepto
    313. Disposiciones que rigen las asignaciones condicionales
    314. La condición debe consistir en un hecho futuro. Consecuencias
    315. Condición de no impugnarse un testamento
    316. Condición de no contraer matrimonio
    317. Asignaciones condicionales resolutorias y suspensivas. Generalidades
    318. Asignación condicional resolutoria
    319. Asignación condicional suspensiva pendiente
    320. Asignación condicional suspensiva cumplida
    321. Asignación condicional suspensiva fallida

Párrafo 2º
Asignaciones testamentarias a día

  1. Generalidades y concepto
    323. Asignaciones a día y asignaciones a plazo. Advertencia
    324. Certidumbre y determinación del día
    325. Clasificación de las asignaciones a día, conforme a su certidumbre y determinación
    326. Asignaciones desde tal día y hasta tal día
    327. Asignaciones desde tal día
    328. Asignaciones desde un día que llega antes de la muerte del testador
    329. Asignaciones hasta tal día
    330. Síntesis de cuándo las asignaciones a día son condicionales o a plazo
    331. Importancia de lo dicho para distinguir el usufructo del fideicomiso

Párrafo 3º
Asignaciones modales propiamente tales

  1. Concepto y generalidades
    333. La asignación modal puede ser una herencia o legado
    334. En la asignación modal concurren dos personas: el asignatario y el beneficiado con el modo. ¿En cuál de ellas deben concurrir los requisitos para suceder?
    335. Características del modo
    336. Incumplimiento del modo. De la cláusula resolutoria en general
    337. Quiénes pueden solicitar la resolución del modo
    338. Prescripción de la acción para pedir la resolución
    339. Efectos de la resolución de la asignación modal
    340. Cumplimiento del modo: cómo debe cumplirse y enunciación de los casos en que puede dejarse de hacerlo
    341. 1o. Imposibilidad o ilicitud del modo
    342. 2o. Modo que va en beneficio del propio asignatario
    343. Aplicación de estas reglas a las obligaciones modales

SECCIÓN SEGUNDA
ASIGNACIONES A TÍTULO UNIVERSAL O HERENCIAS

  1. Concepto y generalidades. Referencia
    345. Características de las asignaciones a título universal
    346. Clasificación de los herederos. Enunciación
    347. Herederos universales
    348. Parte que les corresponde en la herencia a los herederos universales
    349. Herederos de cuota
    350. Importancia de distinguir entre herederos universales y de cuota
    351. Síntesis de los principios que gobiernan la clasificación de los herederos en universales y de cuota
    352. Herederos del remanente
    353. Clasificación de los herederos del remanente
    354. Caso en que el testador efectúe asignaciones de cuota en el testamento que completen o excedan la unidad, y designe otros herederos
    355. Todo lo dicho anteriormente se entiende sin perjuicio del ejercicio de la acción de reforma cuando proceda
    356. Herederos forzosos y herederos voluntarios

SECCIÓN TERCERA
LAS ASIGNACIONES A TÍTULO SINGULAR

  1. Concepto
    358. Características del legatario y los legados
    359. La posesión en los legados. En ellos no existe posesión legal ni efectiva, sino únicamente la del artículo 700
    360. En los legados de inmueble no es necesaria la inscripción especial de herencia. Cómo se efectúa la entrega de este legado
    361. Clasificación de los legados
    362. El legado de especie
    363. El legado de género
    364. Cosas susceptibles de legarse
    365. Determinación de las cosas que se entienden legadas cuando el testador no lo hace expresamente
    366. Determinación de las cosas que van comprendidas en el legado
    367. Legado de una misma cosa a varias personas
    368. Legado de cuota
    369. Legado de especies o cuerpos ciertos gravados con prenda o hipoteca
    370. Legados con cláusula de no enajenar
    371. Legado de cosa ajena
    372. Legado de crédito
    373. Legado de condonación
    374. Legado de cosa empeñada hecho al deudor
    375. Legado de confesión de deuda
    376. Legado hecho al acreedor
    377. Legado de pensiones alimenticias
    378. Extinción de los legados
    379. Parte de la herencia con cargo a la cual se pagan los legados

CAPÍTULO III
DE LAS DONACIONES REVOCABLES

  1. Donaciones revocables y donaciones irrevocables. Generalidades
    381. Concepto de donación revocable
    382. Requisitos de las donaciones revocables. Enunciación
    383. 1o. Requisitos externos o solemnidades
    384. Donaciones entre cónyuges
    385. 2o. Requisitos internos. Capacidad del donante y donatario
    386. Efectos de las donaciones revocables. Distinción
    387. 1o. Donación revocable a título singular. Esta donación constituye un legado
    388. Las donaciones revocables a título singular y los legados en que el testador ha entregado en vida las cosas donadas al donatario legatario constituyen legados preferenciales
    389. 2o. Donación revocable a título universal. Esta donación constituye una herencia. Usufructo especial del donatario
    390. Confirmación de la donación revocable
    391. Extinción de las donaciones revocables
    392. Las asignaciones forzosas priman sobre las donaciones revocables

CAPÍTULO IV
DERECHOS QUE CONCURREN EN UNA SUCESIÓN

  1. Enunciación y referencia

SECCIÓN PRIMERA
EL DERECHO DE ACRECIMIENTO

  1. Concepto
    395. Requisitos para que opere el acrecimiento. Enunciación
    396. 1o. El acrecimiento sólo opera en la sucesión testamentaria
    397. 2o. Para que opere el acrecimiento deben existir varios asignatarios
    398. 3o. Los asignatarios deben ser llamados a un mismo objeto
    399. El acrecimiento opera tanto en los legados como en las herencias
    400. 4o. Es requisito fundamental para que opere el acrecimiento que los asignatarios sean llamados sin designación de cuota. Excepciones
    401. Los asignatarios conjuntos
    402. Formas en que pueden ser llamados los asignatarios conjuntos
    403. 5o. Para que opere el acrecimiento debe faltar alguno de los asignatarios
    404. Si el fallecimiento del asignatario conjunto es posterior al del causante, no hay lugar a acrecimiento, sino que opera el derecho de transmisión
    405. Concurrencia del derecho de acrecimiento con el de representación
    406. 6o. Para que tenga lugar el acrecimiento es necesario que el testador no haya designado un substituto al asignatario que falta
    407. 7o. El acrecimiento no debe haber sido prohibido por el testador
    408. Características del acrecimiento
    409. Efectos del acrecimiento
    410. El acrecimiento en el usufructo

SECCIÓN SEGUNDA
LA SUSTITUCIÓN

  1. Concepto de sustitución
    412. Clases de sustitución
    413. Requisitos de la sustitución vulgar. Enunciación
    414. 1o. La sustitución solo opera en la sucesión testamentaria
    415. 2o. La sustitución debe ser expresa
    416. Formas que puede adoptar la sustitución
    417. 3o. Para que opere la sustitución debe faltar el asignatario que va a ser sustituido
    418. Si el asignatario fallece después que el testador, no hay lugar a la sustitución, pues opera el derecho de transmisión
    419. Concurrencia del derecho de representación con la sustitución
    420. La sustitución fideicomisaria

SECCIÓN TERCERA
CÓMO CONCURREN ESTOS DERECHOS EN LA SUCESIÓN

  1. Enunciación
    422. Cómo concurren el derecho de transmisión con el de acrecimiento y sustitución
    423. El derecho de transmisión y el de representación no concurren entre sí. Razones
    424. Concurrencia de la representación con el acrecimiento y sustitución

 

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